El procedimiento de "prórroga de licencia de obras" regula el otorgamiento de una prórroga para dar inicio o ampliar el plazo de ejecución de las obras amparadas por una licencia concedida con anterioridad.
Será solicitada expresamente y se concederá siempre que la licencia fuese conforme con la ordenación urbanística vigente en el momento de la concesión de la prórroga. Cada prórroga que se solicite no podrá ser por plazo superior al inicialmente acordado.
Cualquier persona física o jurídica que desee obtener una prórroga de licencia de obras.
Preferentemente de forma telemática a través del botón "Iniciar trámite". Si la persona interesada no utiliza la vía telemática podrá descargarse el/los impreso/s desde esta página o acudir al registro del Ayuntamiento, donde le facilitarán dicho/s impreso/s normalizado/s a presentar.
Nombre: Prórroga de licencia de obras.
Unidad tramitadora: Oficina Técnica de Urbanismo.
Inicio del procedimiento: A instancia de parte.
Tipo de interesado: Persona física o jurídica.
Órgano de resolución: Junta de Gobierno Local (por delegación de Alcaldía).
Carácter silencio administrativo: Silencio positivo.
Recurso aplicable: Potestativo de reposición / Contencioso administrativo.
Canales de atención: Telemático (Iniciar trámite).
Presencial.